lunes, 10 de octubre de 2011

No será obligatorio llevar comprobante de pago del seguro

Ante las reiteradas consultas y en virtud de la importancia del tema, publicamos nuevamente la nota de no obligatoriedad de portar el cuponde pagos del seguro.

No será obligatorio llevar comprobante de pago del seguro. Esto lo determina la resolución número 34.225 de la Superintendencia de Seguros. Será suficiente con un certificado de cobertura, póliza o tarjeta.

Esta resolución tendrá vigencia a partir del martes 1 de septiembre de 2009. Y es algo que ha sido buscado con mucho tiempo por los conductores argentinos, debido a que la mayoría de las personas pagan sus pólizas con medios electrónicos: tarjeta de crédito o débito automático; y debían llevar copia del resumen de dicho medio de pago para demostrar que no adeudaban el pago de su póliza.

Por otra parte, existe los agentes policiales esperaban verificar una constancia emitida por la compañía, y muchas veces esto lo realizaban los productores, por lo que casi siempre era rechazado.

A continuación, para tener en cuenta, un listado de las cosas que los agentes policiales pueden solicitarnos o exigirnos.

Para todos los casos

1.Licencia para conducir.
2.Tarjeta verde: identificación del automotor. Debe usarse únicamente por el titular del vehículo.
3.Tarjeta azul: uso es exclusivo de la persona autorizada a conducir el vehículo.
4.Seguro: comprobante de constitución de póliza
Automóviles:

■Ocupantes: La cantidad de ocupantes está determinada por el número de cinturones de seguridad y todos deben utilizarlos.
■Espejos retrovisores: sanos los retrovisores externos.
■Baliza triangular.
■Menores de 10 años sentados atrás.
■Patentes: Bien colocadas sin absolutamente nada que las cubra, e iluminadas.
■Luces: Rutas, todo el día, llevar encendida la luz baja, las luces de posición y patentes.
■Matafuego: al alcance de la mano.
Motos:

■Cascos: En regla.
■Ocupantes: Dos máximo.
■Luces: Encendidas todo día.
Camiones:

■No puede transportar pasajeros en las cajas.
■Cubierta protectora: obligatoria para transportes de residuos o a granel.

Fuente: http://losseguros.com.ar/no-sera-obligatorio-llevar-comprobante-de-pago-del-seguro/

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